Cuencas hidrológicas que cuentan con reserva. de CONAGUA creado el 2015-10-26 18:39

Conforme a la Ley de Aguas Nacionales (LAN) en su artículo 38 y 41 el Ejecutivo Federal podrá decretar, declarar o levantar mediante decreto la reserva total o parcial de las aguas nacionales para los siguientes propósitos: I) Uso doméstico y público urbano, II) generación de nergía eléctrica para servicio público, y garantizar los flijos mínimos para la protección ecológica, incluyendo la conservación o restauración de ecosistemas vitales. Se identifica a que subregión hidrológica, región hidrológica y organismo de cuenca pertenecen. Tanbien se muestra la fecha de publicación en el DOF y los volúmenes correspondientes de las reservas sean estas para los tres tipos de reserva.

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